El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) inició dos procedimientos administrativos para sancionar las infracciones ambientales cometidas por los ciudadanos Cecilio Tintaya Mamani y Primitivo Pedraza Huallpacuna, quienes fueron acusados de provocar incendios forestales en las provincias de Canchis y Urubamba respectivamente.
Por su parte, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) presentó una denuncia en contra de Cacilio Tintaya por ocasionar un incendio que afectó una plantación de 1.93 hectáreas del sector Miskiunu Llaullicancha, en el distrito de Sicuani, en la provincia de Canchis. Sin embargo, este sujeto fue sometido a principio de oportunidad en el despacho Fiscal por considerar su condición de adulto mayor, ya que tiene 78 años de edad. Por esta razón, el acusado tendrá que asumir el pago de una multa de S/2 000.
Por otro lado, el ciudadano Primitivo Pedraza fue acusado de causar el incendio forestal ocurrido el 3 de septiembre en el sector Antapacha Bordayoc, en el distrito de Yucay, en la provincia de Urubamba. No obstante, la Fiscalía dispuso el archivamiento del caso debido a que este acto no infringió en el artículo 310º del Código penal, referido al delito contra bosques o formaciones boscosas.
Sin embargo, un estudio realizado por los especialistas de SERFOR reveló que el siniestro afectó 88 hectáreas de bosque y asociaciones vegetales. En ambos casos, la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Cusco abrió un procedimiento administrativo sancionador por considerar que estos actos constituyen una infracción muy grave contra los recursos forestales. Cabe señalar que los Reglamentos de la Ley Forestal y de Fauna silvestre establecen el pago de multas mayores a las 10 UIT para sancionar la provocación de incendios forestales.
Finalmente, se indicó que el trabajo coordinado que viene realizando el Ministerio Público y la Autoridad Forestal y de Fauna Silvestre ha permitido establecer las responsabilidades en estas acciones. No obstante, se destacó la necesidad de solucionar ciertas particularidades que impiden la imposición de sanciones drásticas para los responsables de los delitos ambientales.
En tiempos de sequias y de escasas precipitaciones tanto en la sierra , costa y selva para el aprovechamiento de las lluvias, es mito o leyenda de los pobladores de los asentamientos rurales dado la creencia de quemar pastizales para la pronta venia de las lluvias, hacen puyes que estas malezas vayan en dirección este oeste y con ello origine grandes incendios a escalas macro territoriales.Pero yo me pregunto: ¿ Se puede sancionar económicamente a esta gente carente de recursos económicos ?, ¿ Porque se da esta creencia que ocurre frecuentemente ?, ¿ O es que el fenómeno del niño juega una mala pasada a los agricultores ?. Mi conclusión seria que a los que se debe sancionar son a las personas jurídicas responsables de contaminar el bosque.